Es un seguro grupal de vigencia anual, que cubre el saldo de préstamo del socio en caso de su fallecimiento o incapacidad total y permanente a consecuencia de accidente, evitando con ello un desequilibrio económico de sus familiares y/o avales, así como un posible quebranto financiero de la entidad otorgante del crédito.
Beneficios
- Disminuye la posibilidad de un quebranto financiero en la Cooperativa al trasladar el riesgo a PRYBE.
- Evita trámites posteriores y penosos para la recuperación del préstamo.
- Crea una buena imagen de la Cooperativa, la cual crece y se solidifica.
- Refleja fielmente la práctica de la cooperación.
- Genera tranquilidad en los administradores y dirigentes de la Cooperativa.
Cobertura
- Socios que se hayan afiliado a la entidad antes de cumplir la edad máxima de ingreso y que al momento de recibir su préstamo haya estado gozando de buena salud y en capacidad de trabajo.
- Como cobertura adicional se cubre a los socios que sufran invalidez (incapacidad) total y permanente proveniente de un accidente, hasta una edad elegible de 59 años.
- En la cobertura básica la suma asegurada se determina como el saldo insoluto del adeudo, siendo ésta una cantidad adaptable a la necesidad de cada cooperativa.
- Para que un socio esté asegurado es requisito indispensable que tenga su parte social cubierta
- Para la cobertura básica se elimina el periodo de espera para suicidio y por tanto éste queda cubierto desde el primer día.
- El fallecimiento por homicidio está cubierto por este seguro.
- Intereses normales